alquiler coche

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha asegurado que la actual normativa sobre el arrendamiento de vehículos con conductor “restringe la competencia de forma grave”, por lo que considera que las modificaciones introducidas en el proyecto de Real Decreto y en la Orden Ministerial “deben revisarse en profundidad”. Consejos para evitar abusos al alquilar un coche.

A diferencia de lo que cabra pensar, all el desconocimiento del destino no ejerce de barrera del alquiler de vehculo en el extranjero. En cambio, los principales frenos a un uso ms elevado son los aspectos relacionados con el contexto legal y entorno normativo del pas de destino, que suman ms del 41,4% .

Al contrario de lo que parece suceder en el ámbito doméstico, la comodidad es justamente uno de los puntos fuertes del coche de alquiler cuando el viajero de negocios se encuentra en el extranjero. Los viajeros de empresa usuarios del rent-a-car indican que, en el extranjero, utilizan más el coche de alquiler de lo que lo hacen en España. A diferencia de lo que cabría pensar, allí el desconocimiento del destino no ejerce de barrera del alquiler de vehículo en el extranjero. En cambio, los principales frenos a un uso más elevado son los aspectos relacionados con el contexto legal y entorno normativo del país de destino, que suman más del 41,4% .

Ésta es una de las conclusiones de la “Encuesta sobre los perfiles y necesidades de los viajeros de empresa, en vehículos de alquiler” realizada por Avis Budget Group, compañía especializada en rent a car, entre el 15 de julio y el 31 de octubre de 2013, a 214 viajeros de negocios que efectúan sus reservas de modo directo o contratan sus servicios a través de una agencia de viajes, para lo que han tenido el apoyo de GEBTA España. El margen de error de este estudio es de +/- 5,1%, señalan los portavoces de Avis.

Asimismo, resaltó que la compartimentación geográfica excesiva del mercado consolida un sistema de licencias vinculadas a las localidades en cada municipio del territorio nacional y también la supedita al mercado local de taxis. “Esta regulación supone una restricción a la libre competencia consistente en limitar la capacidad de auto-organización de los operadores y una limitación geográfica”, añade.

De esta forma, la Comisión asegura que los requisitos de acceso a la actividad –contar con un local, un número mínimo de coches o de conductores– suponen una barrera de entrada económica al mercado y resaltó que parece que el propósito “fuera configurar un mercado de servicios de una categoría determinada, eliminando la posibilidad de que se presten servicios con diferentes categorías”.

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